Monday, May 10, 2021

Promulgan ley que permite que los hijos lleven primero el apellido materno

Por Prensa

Los mayores de 18 años podrán solicitar la rectificación del orden de sus apellidos. Ya se encuentra promulgada la ley que permite el cambio en el orden de los apellidos de los hijos por acuerdo de los padres. La nueva legislación, que entra en vigencia en 4 meses más, permite el cambio del orden del […]


Los mayores de 18 años podrán solicitar la rectificación del orden de sus apellidos.

Ya se encuentra promulgada la ley que permite el cambio en el orden de los apellidos de los hijos por acuerdo de los padres.

La nueva legislación, que entra en vigencia en 4 meses más, permite el cambio del orden del apellido paterno y materno, en la que los padres podrán expresar de común acuerdo, al momento de inscribir el nacimiento de su primer hijo o hija, el orden de sus apellidos, el cual deberá ser el mismo para todos los hijos comunes que puedan venir después. Si los padres no expresan lo contrario, se aplicará la regla que existe hasta hoy.

Del mismo modo, el proyecto faculta, por una sola vez, a las personas mayores de 18 años a solicitar la rectificación administrativa, con el objeto de invertir el orden de sus apellidos con que figuran en sus partidas de nacimiento.

El Intendente de la región de Los Ríos, destacó la importancia de la medida, sosteniendo que “esta ley viene a entregar un importante reconocimiento al rol que cumple la mujer en nuestra sociedad, es por ello que estamos orgullosos de seguir avanzando en justicia e igualdad, pero sobre todo en dignidad de las mujeres”.

La ley es un avance en materia de igualdad entre la mujer y el hombre, ya que, de aquí en adelante, el orden de los apellidos no será necesariamente el del padre primero y el de la madre a continuación, sino que los padres, al inscribir su nacimiento, podrán decidir en qué orden quieren que sea, en un cambio que reconoce su libertad de elección.

Se establece que toda persona mayor de edad podrá, por una sola vez, solicitar el cambio de orden de los apellidos determinados en su inscripción de nacimiento.

En relación con los descendientes del solicitante, el cambio del orden de sus apellidos provocará el cambio del respectivo apellido de sus hijos menores de edad. Sin embargo, si el solicitante tuviere hijos mayores de 14 y menores de 18 años, éstos deberán manifestar su consentimiento. Los hijos mayores de edad, en tanto, podrán solicitar ante el Registro Civil el cambio.

Esta promulgación contribuye también a relevar el importante rol que juega la mujer al interior de la familia, permitiendo que su apellido pueda ir en primer lugar si así se decide.

Para el Ministerio de la mujer y Equidad de género, esta iniciativa es clave, es por ello que la seremi de la Mujer, Yalili Garay sostuvo que “Esta legislación es un avance importante en materia de igualdad entre hombres y mujeres para nuestro país. La promulgación de este Proyecto de Ley reconoce la libertad que tendrán padres y madres, y promueve el acuerdo entre ellos sobre el orden de los apellidos para sus hijos e hijas al momento de inscribir el nacimiento de ellos y de los hijos comunes que puedan venir después, ya que, de aquí en adelante, el orden no será necesariamente el del padre primero y el de la madre a continuación”.