Saturday, August 29, 2020

Hombre que violó a su hijastra durante 15 años fue condenado en La Unión

Por Prensa

El fiscal Raúl Suárez acreditó que el acusado cometió estos delitos de manera reiterada entre los años 2001 y 2016, desde que la víctima tenía 4 años de edad. Un hombre de 45 años de edad fue sentenciado a cumplir una pena de 15 años y un día de presidio en un juicio oral en […]

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El fiscal Raúl Suárez acreditó que el acusado cometió estos delitos de
manera reiterada entre los años 2001 y 2016, desde que la víctima tenía 4
años de edad.

Un hombre de 45 años de edad fue sentenciado a cumplir una pena de 15 años
y un día de presidio en un juicio oral en el que la Fiscalía Local de La Unión
acreditó su responsabilidad en los delitos abuso sexual de menor de 14 años,
violación de menor de 14 años y violación de mayor de 14 años, todos ellos
cometidos de manera reiterada.
Durante el juicio, el fiscal jefe de La Unión, Raúl Suárez Pinilla, presentó
pruebas testimoniales, periciales y documentales para acreditar que el acusado
es responsable de estos hechos que afectaron a la hija de su conviviente desde
que tenía 4 años de edad.
“Los hechos que se dieron por acreditados, en términos generales fueron los
mismos que la Fiscalía indicó como configurativos de los tres delitos, en un
período que comprendió aproximadamente desde el año 2001 hasta el 2016”,
precisó el fiscal del Ministerio Público.
Agregó que, durante el juicio, “logramos acreditar que aquí hubo una
conducta no sólo reiterada, sino que sistemática de agresiones sexuales en
contra de la víctima, con un daño irreparable desde el punto de vista
emocional, psicológico, que precisamente fue lo que esgrimimos como
argumento para solicitar una pena que en definitiva fue la que el tribunal
otorgó”.

El fiscal Suárez destacó que el tribunal considerara contra el acusado una
circunstancia agravante que la Fiscalía solicitó en el juicio, que era el haber
actuado en cada uno de estos ilícitos abusando de la confianza de la víctima,
ya que era su padrastro y en esa calidad se quedaba a solas con ella, estaba a
cargo de su cuidado y era su figura paterna.
Debido a su rol constitucional de dar protección a quienes han sido víctimas o
testigos de un delito, la Fiscalía no dio a conocer el nombre del acusado, para
evitar que con su identificación se pudiera también identificar a la víctima de
estos hechos.
La sentencia fue dictada por la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo
Penal de Valdivia.