Wednesday, August 25, 2021

Confirman condena a hombre acusado por la Fiscalía por manejar ebrio y causar la muerte de dos mujeres en Los Lagos

Por Prensa

La fiscal Claudia Baeza había acreditado en un juicio oral queJosé Bejar Santis conducía en estado de ebriedad el 28


Fiscalia Local de Los Lagos

La fiscal Claudia Baeza había acreditado en un juicio oral que
José Bejar Santis conducía en estado de ebriedad el 28 de marzo del año
pasado y colisionó contra un bus que se encontraba estacionado,
causando la muerte de sus dos acompañantes. La Corte de Apelaciones de
Valdivia confirmó esta semana la sentencia.

Esta semana fue confirmada la sentencia a cumplir una pena de 9 años de presidio mayor en
su grado mínimo dictada contra un hombre de 53 años, quien a fines de junio enfrentó un
juicio oral en el que la Fiscalía Local de Los Lagos acreditó su responsabilidad como autor
material en el delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de
ebriedad con resultado de muerte de Yolanda Del Carmen Santana Benavides (40) y Delia
Del Carmen Mezas Villanueva (44).
Durante el juicio oral, la fiscal jefa de Los Lagos, Claudia Baeza Espinoza, presentó
pruebas testimoniales, periciales y documentales para demostrar ante el Tribunal de Juicio
Oral en lo Penal de Valdivia la responsabilidad del acusado José Armando Bejar Santis en
este ilícito y esta semana la Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó que el condenado
deberá cumplir la pena de 9 años de presidio dictada el pasado 7 de julio por el tribunal.
“El acusado estuvo representado en el juicio oral por la Defensoría Penal Pública,
la que solicitó a la Corte de Apelaciones que se le reconociera la circunstancia
modificatoria de responsabilidad penal de colaboración sustancial, ya que él declaró en el
juicio oral reconociendo haber consumido alcohol, y en atención a esta circunstancia
modificatoria que ellos invocaban se solicitó que se le impusiera el máximo de 5 años de
pena privativa de libertad”, explicó la fiscal Claudia Baeza.
La fiscal del Ministerio Público agregó que la Corte de Apelaciones, al igual que el
Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia en su momento, sostuvo la tesis del Ministerio
Público de que no se configuraba esta circunstancia modificatoria y por ello confirmó la
sentencia.

HECHOS QUE ACREDITÓ LA FISCALÍA
Durante el juicio oral de esta causa, la Fiscalía acreditó que los hechos por los que Bejar
Santis fue condenado ocurrieron a las 20:45 horas del 28 de marzo del año pasado, cuando
el condenado conducía en estado de ebriedad, con una dosificación de 1,17 gramos de
alcohol por litro de sangre, por la ruta 204 de la comuna de Los Lagos en dirección a la
ciudad del mismo nombre, acompañado por ambas víctimas.
“Producto de la ingesta de alcohol del acusado y la disminución de sus facultades
para poder conducir un vehículo, especialmente sus facultades perceptivas y reactivas,
colisionó con la parte posterior de un bus que se encontraba estacionado a un costado de la
ruta y producto de este impacto de alta energía fallecieron en el lugar las pasajeras del
vehículo”, explicó la fiscal del Ministerio Público.
La Fiscalía Local de Los Lagos había solicitado en el juicio que el condenado fuera
sentenciado a cumplir una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, que es la
sanción máxima que establece la Ley de Tránsito para este tipo de delitos.